que queda sin efecto la contestación de la demanda presentada en fecha 06-10-2015, por el Abogado NELSÓN MONTILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.448, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil AUTO RESPUESTOS IRAZU, C.A., (IRAZUCA), antes identificada.
SEGUNDO: Insta a la parte actora Abogado, ciudadano ERWIN MOSCARELLA, venezolano, mayor de edad, venezolano, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 182.862, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora Sociedad Mercantil MECA EXPRESS SERVICE C.A., para que dentro de los cinco (5) días de despacho siguiente al de hoy, consigne o acompañe toda la prueba documental de que disponga y mencionar el nombre, apellido y domicilio de los testigos que rendirán declaración en el debate oral. Si pide posiciones juradas, estas se absorberán en el debate oral, y sino acompaña a su demanda, con la prueba documental, y la lista de los testigos, no se le admitirán desp.....