Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos VERONICA CHIQUINQUIRÁ COLINA GUILLEN y OLINTO JOSE MENDEZ MUÑOZ, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el día dieciocho (18) de agosto del dos mil siete (2007), por ante el Registro Civil de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 185.