Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por MARELYS BEATRIZ GARCIA JIMENEZ contra EUDO DOLORES BRICEÑO CASTELLANOS, ya identificados, y en consecuencia:
PRIMERA: Se mantiene vigente el vinculo conyugal contraído por las partes, ante el Prefecto del Municipio Cabimas del Estado Zulia, el día Tres (03) de Julio de 1.979.-
SEGUNDA: Se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-