DECLARA:
A. APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintiocho (28) de septiembre de 2016, por los ciudadanos: DOMENICO RAMON CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.847.877, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la abogada en ejercicio LUISA AMELIA DURAND DE MELENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 210.508, y DOMENICO RAMON CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.847.877, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la abogada MARÍA ROSARIO GONZÁLEZ, Defensora Pública Cuarta, adscrita a la Unidad de Defensa Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Zulia, extensión Cabimas en beneficio del hijo de ambos, el niño (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente por estar pendiente el cumplimiento de lo convenido.
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