este Juzgado de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve PRIMERO : En base a esta consideración y con fundamento en lo que dispone el artículo 91, numerales 1º y 2º, de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las medida de protección y seguridad contenidas en los numerales 03, 04, 05, 06 y 13 del artículo 87 Ejusdem, 3.- Ordenar la Salida del presunto agresor de la residencia en común, independientemente de su titularidad, si la convivencia implica un riesgo para la seguridad integral: Física, Psíquica, Patrimonial, o la libertad sexual de la mujer, impidiéndole que retire los enseres de uso de la familia, autorizándolo a llevar sólo sus efectos personales, instrumentos y herramientas de trabajo. En caso de que el den.....