Por las razones que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE, la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) intentó el Abogado en ejercicio OSCAR VELARDE RINCÓN, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C. A., contra la Sociedad Mercantil NPEVEN C.A., como deudora principal, y el ciudadano JOSÉ IGNACIO GARCÍA VILLALOBOS, como fiador solidario y principal pagador de las obligaciones contraídas por la mencionada Empresa, plenamente identificados en este fallo, Y ASÍ SE DECIDE.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Déjese copia de esta decisión en el copiador respectivo, conforme el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del JUZGADO SEXTOS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS .....