declara:
1.- CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano ALEXANDER ANTONIO GUILLEN NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.893.909, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio MARIAM CORINA CHIRINOS DURAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 205.608, en contra de la ciudadana MARIA INES NARVAEZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.953.203, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, y en relación con los niños y/o adolescentes (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de 13, 9 y 7 años de edad, conforme a lo establecido en el artículo 185 ordinal segundo del Código Civil, relativo al abandono voluntario, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Registrador Civil de la parroquia Ambrosio del municipio Cabimas del estado Zulia, tal como se evidencia en.....