En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana MARÍA CARLINA PIÑA DE COCARANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-5.179.702, domiciliada en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en contra de los ciudadanos DOUGLAS DE LOS SANTOS FERNANDEZ FERRER, ZENAN JOSÉ FERNÁNDEZ FERRER, ANGELA BRACHO DE FERNANDEZ, ALVIS DEL ROSARIO FERNANDEZ BRACHO y ELVIS JOSÉ FERNÁNDEZ BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.4.159.500, 4.150.450, 7.700.644, 9.744.007 y 11.868.247, respectivamente y domiciliados.....