En virtud de la admisión de los hechos por parte de la demanda a la empresa INVERSIONES AGER ESTUDIOS Y PROYECTOS, C.A., encontrándose que la demanda no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por todo lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el ciudadano RAMON URBINA, en consecuencia se condena a pagar a la demandada INVERSIONES AGER ESTUDIOS Y PROYECTOS, C.A., la cantidad de SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ONCE BOLIVARES CON 76 CENTIMOS (Bs.62.311,76)...