Por todos los razonamientos de hecho y derechos antes expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, del vehículo con las siguientes características vehículo MARCA: FORD, MODELO: MAVERICK, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, PLACAS: MCU95B, SERIAL DE CARROCERIA: AJ92RS52257, SERIAL DE MOTOR: 6 CIL, AÑO: 1975, USO: PARTICULAR, COLOR: BLANCO, al ciudadano: YOBER EDUARDO VELIZ SOTO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.653.172, venezolano, de 23 años de edad, y domiciliado en el Callejón Marchan, Vía La Pica Maturín, PARA SU USO Y DISFRUTE, y en virtud de lo expuesto en la experticia NO PUEDE SER VENDIDO, CANJEADO, SUBASTADO, NO PUEDE SER TRANSFERIDA SU PROPIEDAD EN NINGUNA FORMA, NI HACER TRANSFERENCIA DEL MISMO A TRAVÉS DE DOCUMENTO PODER ALGUNO, pudiendo circular con dicho vehículo por todo el.....