Se DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE a los adolescentes NOMBRES Y DATOS OMITIDO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, EN CALIDAD DE COAUTORES, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, para los adolescentes NOMBRES OMITIDOS; y ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE CÓMPLICE, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 84 ordinal 3° Ejusdem, para el adolescente NOMBRE OMITIDO, cometido en perjuicio de la adolescente NOMBRE OMITIDO, y en consecuencia, se le impone a los adolescentes NOMBRE OMITIDO, las sanciones de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, previstas y sancionadas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para ser cumplidas en forma simultanea por un lapso de DOS (02) AÑOS; y para el adolescente NOMBRE OMITIDO, la sanción de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Prote.....