En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano JOSÉ GABRIEL RIVAS DÍAZ, quien es venezolano, natural de Cantaura, estado Anzoátegui, de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, nacido en fecha 22/09/1984, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 16.825.982, residenciado en la Calle santa Cecilia, casa S/N, portón de color mostaza, cerca del club buenaventura, Sector conuco Viejo, Municipio García, estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilíci.....