En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus DULFAY MATILDE MORALES PABON, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.190.800 y de este mismo domicilio, fallecida ab-intestato el día treinta y uno (31) de Mayo de 1993, con domicilio en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ciudadanos YURLIAN FAIFER CRISTINA DE MIGUEL MORALES, DULFAY YENNILEE DE MIGUEL MORALES y YUR BRAYNER SILVA MORALES, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.....