Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud presentada por el Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Abogado JOHENN FLORES MENDOZA, y en consecuencia, decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad para el HILDE ALFONSO PORTILLO BAUTISTA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 27-03-1971, de estado civil casado, de profesión u oficio estudia y trabaja en un restaurante, titular de la cédula de identidad N° 10.682.965, hijo de Idelmaro Portillo y Raquelina Bautista, residenciado en la calle 7, casa N° 16-43, sector 20 de mayo, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Coló.....