Una vez analizado el contenido de los precitados artículos, y en aras de propender a la estabilidad del presente juicio, a fin de evitar faltas que eventualmente comporten la nulidad de actos procesales, considera necesario este Juzgador reponer la causa al estado de librar nueva boleta de notificación al Defensor Ad Litem designado en la causa, abogado CARLOS ORDOÑEZ VALBUENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 82.973, para que comparezca ante este Juzgado en el tercer (3) día de despacho siguiente a la constancia en actas de su notificación, a prestar juramento de Ley en caso de aceptación, como defensor de los codemandados, sociedad mercantil CORPORACIÓN LEAL, C.A y del ciudadano GREGORIO LEAL MORALES, una vez que conste en actas la notificación de la parte actora y del abogado CARLOS ORDÓÑEZ, de la presente resolución; quedando sin efecto todo lo actuado con posterioridad al auto de fecha 2 de junio de 2014. Así se decide.