DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus DOUGLAS ANTONIO GUILLEN RINCÓN, titular de la cédula de identidad número V-10.080.233, a la ciudadana LINETH DEL VALLE NAVA FLORES, titular de la cédula de identidad número V-11.450.773, en su condición de esposa y a los ciudadanos RAIDITH CAROLINA GUILLEN BARRETO, DOUGLAS ANTONIO GUILLEN NAVA, DIEGO JOSÉ GUILLEN NAVA y DUINETH MARINA GUILLEN NAVA, titulares de las cédulas de identidad números V-19.117.305, V-19.831.408, V-23.762.268 y V-23.762.335, respectivamente; en su condición de hijos. DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse la.....