Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por NULIDAD ABSOLUTA DE ACTA intentaron las ciudadanas DANIELA TRINIDAD BALZAN CHACON e ISBEND CAROLINA COBO RODRÍGUEZ contra la COOPERATIVA DE SUPERVISIÓN Y SEGURIDAD (CASUGEG), ambas suficientemente identificadas en actas. En consecuencia, se condena a la parte demandada a:
1.- Restituir en su condición de asociadas de la Cooperativa de Supervisión y seguridad (CASUGEG), a las ciudadanas DANIELA TRINIDAD BALZAN CHACÓN e ISBEND CAROLINA COBO RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 14.657.887 y 14.824.243, respectivamente y domiciliadas en el Municipio Maracaibo del E.....