Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.-) SIN LUGAR, la Apelación interpuesta por el Apoderado Judicial de la Parte Demandada abogado en ejercicio ALBENIS JOSE URRIBARRI BORJAS, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 25 de junio de 2004, en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO y COBRO DE BOLIVARES (INQUILINARIO), seguido por el ciudadano ENRIQUE ASENSIO TREJO, en representación del ciudadano JOSE FERNANDO ASENSIO TREJO, contra la empresa ABBA, C.A.; ya identificados; y en consecuencia:
2.-) CONFIRMADA la decisión proferida por el Juzgado Primero de los
("1.805-2005, Bicentenario del Juramento del Libertador SIMO.....