PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por la COMUNIDAD DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO VILLA CARDON, por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) en contra de la firma de Comercio "INVERSIONES PLIS C.A., en la persona de su Administrador General, ciudadano RAFAEL ANGEL VASQUEZ DIAZ, en virtud que el supuesto Apoderado Judicial, ciudadano, TEOFRANK JOSE ROJAS FERMIN, Abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.243, no tiene cualidad para ejercer ninguna acción contra el hoy demandado, ya que en autos se evidencia que la persona que otorgo poder al Abogado, plenamente identificado, no es representante del que hoy demanda.
SEGUNDO: SE DEJA SIN EFECTO la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada en fecha 11 de Marzo del 2.013, por este Tribunal, sobre el Apartamento 1-A, del Edificio Villa Cardon, Planta Baja, ubicado en la Población del Cardon del Municipio Antolín del Campo de este estado, con una área aproximada en sus dos plantas de NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA y SEIS.....