En el día hábil de hoy, 29 de Septiembre de 2008, siendo las 3:32 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Victor Echenique en representación del demandante y PROSEGUROS GENTE ÚTIL, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Ana María Domínguez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada le pagará al demandante en la sede del Tribunal en día 14/10/08 la cantidad de cinco mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F. 5,500,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.