ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002529

PARTE ACTORA: MANUEL ANGEL URDANETA PIRELA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado VICTOR ECHENIQUE RODRÍGUEZ, Inpreabogado N° 53.528.

PARTE DEMANDADA: PROSEGUROS GENTE ÚTIL, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Arquímedes Domínguez y Ana María Domínguez, Inpreabogados N° 84.310 y 74.602.

MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 29 de Septiembre de 2008, siendo las 3:32 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Victor Echenique en representación del demandante y PROSEGUROS GENTE ÚTIL, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Ana María Domínguez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada le pagará al demandante en la sede del Tribunal en día 14/10/08 la cantidad de cinco mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F. 5,500,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: preaviso artículo 104 Ley Orgánica del Trabajo, antigüedad, antigüedad adicional vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas y intereses sobre prestaciones sociales. Declara el demandante que renuncio voluntariamente razón por lo cual no se hace acreedor de las indemnizaciones contempladas en el artículo 125 Ley Orgánica del Trabajo y que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago. Se regresan a las partes sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes