Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR, la DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el ciudadano NESTOR LUIS URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.798.296 , y de este domicilio, en contra de la ciudadana NELIS SULEIDA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.265.446, y de este domicilio.
2. Se ordena a la ciudadana NELIS SULEIDA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.265.446, y de este domicilio, hacer la entrega material del inmueble ubicado en el Barrio Rey de Reyes, Avenida 68, Casa No. 96E-42, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, y cuyos linderos y medidas son los siguientes:.....