por UNANIMIDAD: PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos RUBEN DARIO GIL GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° V-18.273.301; RICHARD JOSE CARMONA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.619.828, y GILBERTO JOSE VELIZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.775.623; a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por haberlos hallado CULPABLES de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha de consumación de los hechos; en perjuicio del ciudadano Oscar Armando Regardiz.