DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETAR EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL, a favor del Penado DIMAS DE JESUS PORTILLO GARCIA, venezolano, natural de El Mojan Estado Zulia, de 25 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.280.274, hijo de Dimas Portillo y Nelly Garcia, residenciado en el Sector Ciruelo Alto, casa sin numero, EL Mojan Municipio Mara, Estado Zulia, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA, cometido en perjuicio de EL ORDEN PUBLICO, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia Ofíciese a la Intendencia de El Mojan, del Municipio Mara del Estado Zulia, para que la sujeción a vigilancia de la autoridad por una Quinta parte (1/5) del tiempo de la condena, que le fue impuesta como pena accesoria la.....