, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara perimido el presente proceso de Ejecución de Hipoteca, incoado por la sociedad mercantil UNIBANCA, BANCA UNIVERSAL C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 18 de Abril de 2001, bajo el Nº 60, tomo 40, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.805.711, representada por las profesionales del derecho SILVIA CECILIA MARÍN y MAYELA ORTIGOZA VILCHEZ, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 33.732 y 60.209, respectivamente, contra el ciudadano RAFAEL SEGUNDO BARRETO GIL, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 4.539.719; en consecuencia: