-IV-
DECISIÓN
Por los argumentos antes expuestos, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y por autoridad de la ley, en sede constitucional, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE, la medida cautelar innominada de suspensión de los efectos de la sentencia de fecha 13 de junio del año dos mil diecisiete (2017), dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, solicitada por SUPER MERCADO & ALIMENTOS DEL SUR C.A. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, a la parte presunta agraviante recurrente dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código.....