este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano JULIO JUNIOR LARA, venezolano, de 22 años de edad, Estado Civil Soltero, hijo de Omaira Lara (V) y Julio Cesar (V), de profesión u oficio Colector de Microbuses, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 25-06-1986, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.548.668, domiciliado en LA CALLE PRINCIPAL DE LA PUENTE, CALLE CASA Nº 38, A UNA CUADRA DE LA IGLESIA DE MATURÍN ESTADO MONAGAS, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 42 en su encabezamiento y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YVIANINES VARELA SALAZAR, todo de.....