Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho ISIS EMPERATRIZ FREAY MENDOZA, Fiscal Principal Décima Quinta del Ministerio Público con sede en Cabimas, y SUZZET DE LOS ÁNGELES MONTOYA MANZANO, Fiscal Auxiliar adscrita a la Fiscalía Superior con Competencia en Fase Intermedia y de Juicio oral en colaboración con la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público con sede en Cabimas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 2C-1898-15, de fecha 19 de noviembre de 2015, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
Regístrese, publíquese y remítase en la oportunidad legal correspondiente.