DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un terreno que se encuentra ubicado en la vía Maracaibo-el Mojan, Santa Cruz de Mara del estado Zulia, Sector El Chorro de la Parroquia Ricaurte, municipio Mara del estado Zulia, cuya superficie aproximada es de DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (261.327 m2), el cual se encuentra, representado en sus coordenadas, vértices rumbos y distancias en el Plano de Mensura, registrado por ante la Oficina de Catastro de la Alcaldía del Municipio Mara, bajo el N° DCM. 23-12-06-49-06, adquirido por la Sociedad Mercantil CINECA, CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO, Y SERVICIOS, C.A., según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los municipios Mara e Insular Almirante Padilla del estado Z.....