Visto el Convenimiento, realizado en fecha 27 de enero de 2009, por el ciudadano Jacinto Carrillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.250.457, parte demandada en el presente juicio, asistido por el abogado en ejercicio Jorge Luján, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.667, por una parte y por la otra el abogado en ejercicio Weimer de la Hoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.828, actuando en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano Néstor Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.565.434, parte actora en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), este Tribunal considerando que con lo convenido por los intervinientes en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el convenimiento, antedicho en los términos y condiciones expues.....