En consecuencia, cumplidos como han sido los extremos previstos en  nuestro ordenamiento jurídico, es por lo que esta Jueza  Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el literal "i" del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y  Adolescentes  en concordancia con lo previsto en el  artículo 516 ejusdem, Declara:  
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Rectificación de Actas de Registro Civil formulada por el ciudadano MOHAMED NAGIB SOUEIDAN FATTAM, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.- 84.579.312 asistido del Defensor Público Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Doctor Diógenes Carreño. Así se Establece.
SEGUNDO: Rectifíques.....