Por los fundamentos expuestos:
Este, TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos RAMON EDUARDO IRAGORRI FERRER y ZORAIDA SOLARTE GARCIA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 07 de abril de 1990, por ante el Jefe Civil y Secretario, respectivamente de la Parroquia Simón Rodríguez, Municipio Colón del estado Zulia, Acta No.01.-
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon una (01) hija de nombre YISSY ANDREINA IRAGORRI SOLARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.696.212.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fal.....