DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA REVISIÓN DE LA SENTENCIA FIRME, dictada por el Juzgado Quinto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado UBALDO ANTONIO ARRIETA NÙÑEZ, de conformidad con lo establecido en los Numerales 6to de los Artículos 470, y 471 del Código Orgánica Procesal Penal y el Artículo 473, ejusdem. Y a tales efectos ordena formar cuaderno de incidencia, y remitir copia certificada de la sentencia conjuntamente con la presente Resolución, a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia que le corresponda conocer previa. Así mismo, se ordena notificar a las partes.
Regístrese, Notifíquese y remítase lo indicado.