Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la demanda intentada por el ciudadano ALFONSO MANUEL CHIRINOS NAVA contra la sociedad Mercantil PROMOTORA DEL DESARROLLO URBANO DE LA REGIÓN ZULIANA C.A., (PRODUZCA) por COBRO DE BOLIVARES por concepto de PRESTACIONES SOCIALES.
En consecuencia:
1) Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS DE BOLÍVAR (Bs.1.673.270,90), que comprende a los conceptos de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades y otros conceptos reclamados por el actor y procedente en derecho.
2) Se condena en costas procesales a la parte d.....