Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión de DESALOJO y COBRO DE BOLÍVARES incoada por la ciudadana MIREYA DEL CARMEN MOSQUERA contra el ciudadano NELSON CONTRERAS.
En consecuencia, se condena a la parte demandada, en los siguientes términos:
PRIMERO: A entregar completamente desocupado el inmueble ubicado en el sector 18 de Octubre, avenida 2 con calle H-I, casa de habitación No. 2-35.
SEGUNDO: A pagar la cantidad de seiscientos mil bolívares (Bs. 600.000,oo) por concepto de cánones de arrendamientos insolutos.
Se exonera a la parte demandada a pagar las costas y costos del presente juicio por no haber sido vencido totalmente en la litis, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 de Código de Procedimiento Civil.