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Decisiones del dia 28/09/2012 |
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N° Expediente :
C-5490-2012
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N° Sentencia :
S-N
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Fecha: 28/09/2012 |
Procedimiento: Particion De Bienes Conyugales |
Partes: NUBERA PRIETO, CONTRA ARMIN BRACHO |
Resumen:
ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los siguientes conceptos: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES, INTERESES POR FIDEICOMISO, CAJA DE AHORRO y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano ARMIN BRACHO, portador de la Cédula de Identidad V- 7.603.624, quien presta sus servicios como Profesor en el Ministerio del Poder Popular para la Educación del Estado Zulia, durante la vigencia del matrimonio, en el comprendido desde el día Cinco (05) de Diciembre del año 1.987 hasta el Tres (03) de Noviembre del año 2.011.- Las cantidades a retener deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION.....
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Juez/Ponente:
Martha Elena Quivera
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Organo:
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
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N° Expediente :
22136
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N° Sentencia :
1267
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Fecha: 28/09/2012 |
Procedimiento: Separación De Cuerpos Y Bienes |
Partes: MARGGYORY BENIT INFANTE SANCHEZ Y DANIEL JOSE PEÑA VENEGAS |
Resumen:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos MARGGYORY BENIT INFANTE SANCHEZ Y DANIEL JOSE PEÑA VENEGAS.
b. En cuanto a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de los niños de autos será compartida por ambos progenitores; La Custodia será ejercida por la progenitora; En cuanto a la Convivencia Familiar se acoge lo acordado entre las partes, sobre la Obligación de Manutención, el progenitor se comprometió a suministrar la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) mensuales, cantidad esta que entregara a la progenitora o que depositará en una cuenta bancaria, cuyo numero declara conocer, dentro de los primeros 5 días de cada mes. Asimismo, el progenitor se comprometió a cancelar la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) adicionales en el mes de agosto para cubrir parte de los gastos típicos del inicio del año escolar y la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) para cubrir los gastos decembrinos, todo esto deb.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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