Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JUAN CARLOS MONTERO VILLALOBOS, de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad No. 18.495.324, de 21 años, fecha de nacimiento 02-12-1987, soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Hugo Montero y de Rubia Villalobos, residenciado en: Sector Ancon Bajo, al lado de la Granja la Mulera, vive en la Granja las Violetas, Municipio Mara del Estado Zulia, teléfono No. 0426-8678785, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer Aparte de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; a cumplir una pena de DOS (02) AÑOS y SEIS MESES DE PRISION,.....