Por los argumentos expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de Cobro de Bolívares vía Intimatoria interpuesta por el ciudadano JAVIER JOSÉ ALVARADO GONZALEZ en contra del ciudadano MARCO SERGIO LEIVA ANDRADE, anteriormente identificados, en consecuencia, se declara en estado de ejecución el decreto intimatorio dictado en fecha primero (1º) de marzo de dos mil cinco (2005), condenándose a la parte demandada y perdidosa a pagar la cantidad de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SEIS BOLÍVARES (Bs. 4.245.206,oo), suma ésta que comprende los siguientes conceptos: A) La cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 3.400.000,oo) que representa la deuda demandada; B) La cantidad de CIENTO SESENTA MIL OCHENTA Y TRES BOLÍVARES (Bs......