de conformidad con los artículos 49 numeral 7, 300 numeral 3 y 304, del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano ENDERSON EDUARDO MONTIEL MENGUAL, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, nacido en fecha: 25-3-1993, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: trabaja como moto taxista, residenciado en: la Avenida 30 con calle 39, casa Nº 38-75, diagonal al Galpón Refri-Shop, Municipio Maracaibo Estado Zulia, Teléfonos 0426-2646356 y 0261-7443941, por el delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 473 en concordancia con el 474 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del...