LA COSA JUZGADA FORMAL, en el presente Juicio de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por el ciudadano CARLOS ANDRES BECERRA RONDON, titular de la cédula de identidad N° V- 9.758.409, en contra de la ciudadana CELIS ROSA VILCHEZ CAMARGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.864.024, actuando en el interés y beneficio de los niños ANDRES DAVID y GENESIS ROSCELIS BECERRA VILCHEZ, por cuanto el monto de la Pensión de Obligación de Manutención a favor de los niños antes nombrados, ya ha sido fijado en la sentencia dictada por este mismo Despacho del Juez Titular Unipersonal Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 15 de Julio de 2011, en el Juicio de Divorcio Ordinario, por tanto, lo que procedería en ese caso, sería la Revisión de esa pensión de obligación de manutención, para proponer los nuevos hechos que podrían originar la modificación de ésta, ya que mal puede intentarse un Juicio aut.....