En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus DIMAS SEGUNDO CARRILLO MORENO, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.090.145, fallecido ab-intestato el día veinticuatro (24) de Septiembre de 2009, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ANA BEATRIZ PERAZA DE ALMARZA, RUBEN DARIO PERAZA, NELVA JOSEFINA PERAZA DE ALVARADO, NORIS MARGARITA PERAZA, DIMAS DE JESUS PERAZA, EDGAR ENRIQUE PERAZA, FREDDY JOSE PERAZA, MIRTA ELENA PERAZA, ELIDA DEL CARMEN PERAZA DE VILLALOBOS y LUZ MARINA HIDALGO DE URDANETA, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERE.....