A.- HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, suscrito en fecha 23 de Julio de 2.008, por ante este Tribunal, por los ciudadanos: LISBET BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.765.718, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio MARGARITA GONZÁLEZ, inscrita en el Inpreabogado No. 34.616, y el ciudadano: HARRY MEDRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.181.565, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio ALFREDO MANZANILLA, inscrito en el Inpreabogado No. 37.915, en beneficio de la niña: (Se omite su nombre, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- De conformidad con lo establecido en el Articulo 521, literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, .....