Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Nro. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: ANULA DE OFICIO la decisión Nro. 1282-16, de fecha 21 de Noviembre de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia estadal con Competencia municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual dicho órgano jurisdiccional Decreto el Sobreseimiento de conformidad con lo previsto en el articulo 300, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra la ciudadana YUNIRIA DEL CARMEN VILCHEZ CORONA, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de la ciudadana YASMINA COROMOTO MORALES PAREDES. SEGUNDO: SE ORDENA que un órgano subjetivo distinto al que pronunció el fallo apelado d.....