Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCIÓN, celebrado entre las partes en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, seguido por la ciudadana YELITZA MORONTA, Endosataria en Procuración del ciudadano IVAN VELASQUEZ, contra la ciudadana MARÍA ARRIETA MOLERO, todos identificados en la parte narrativa de este fallo en consecuencia, se homologa la presente Transacción, dándole el carácter de cosa juzgada.
B) Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha once (11) de octubre de 2000 por este Juzgado, en consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para que se realice el asiento .....