PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto el Profesional del Derecho MIGUEL AREVALO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.862.032, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 71.920, actuando en representación del adolescente JOSÉ DANIEL ROBERTIS HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-33.031.848, de conformidad con lo establecido en el artículo 608 literal "G" de la Ley Especial Adolescencial.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación interpuesto por la Profesional del Derecho BETSIREE DEL CARMEN BERMÚDEZ ORTEGA, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Interino Encargada Trigésima Sétima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con Competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente.
TERCERO: INADMISIBLES las pruebas ofrecidas por las pruebas ofrecidas por el Profesional del Derecho MIGUEL AREVALO, venezolano, mayor de edad, titular.....