Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus JOSÉ ELÍAS FLORES RICO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 10.766.942, fallecido el día once (11) de octubre de 2019, en jurisdicción del Municipio Torres del Estado Lara; a la ciudadana AMABLE CAROLINA CAMACHO DE FLORES, titular de la cédula de identidad número 12.690.736, domiciliada en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, en su condición de esposa; y a los ciudadanos WILMER ELIAS FLORES CAMACHO, CARLOS JOSÉ FLORES CAMACHO y ALEXANDER MIGUEL FLORES CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número.....