En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado por las partes en el juicio que por LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL sigue IRIA DEL PILAR LOPEZ CASTRO en contra de LUIS ANGEL LOZADA URDANETA, plenamente identificadas, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
Se suspenden las medidas de embargo decretadas por este Juzgado y se ordena oficiar a las Empresas P.D.V.S.A, Petróleo S.A. y MADS, haciéndole la debida participación.
No se archive el expediente, por estar pendiente la obligación.-
No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-