Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO COLÓN Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y a fin de garantizar el interés superior de los menores de autos contemplado en el Artículo 8 de la citada Ley Orgánica, DECLARA:
a) CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE LA SENTENCIA, que reposa en la causa No. 09-2812, de fecha 29-06-2009, en virtud del alto costo de la vida y la inflación, intentada por la ciudadana MARITZA LUDY JIMENEZ SANCHEZ, asistida por el abogado CIRO PARRA BADELL, Defensor Público Segundo para el área de Protección del Niño y Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública, Extensión Santa Bárbara; actuando en representación de los menores ORIANA DULYS y EDGAR WILSON PARRA JIMENEZ, 06 Y 09 años de edad respectivamente; intentó solicitud de REVISIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en contr.....