En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Resolución del Contrato de Arrendamiento interpuesta por el ciudadano ABDALLAH FAKS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.668.925, de este domicilio, contra la ciudadana MARÍA DE LOS ANGELES JIMÉNEZ PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.864.376, de este domicilio, por haber dejado de cancelar de forma continua y sin justificación alguna los cánones de arrendamiento correspondientes. En consecuencia, se ordena a la demandada MARÍA DE LOS ANGELES JIMÉNEZ PINO, la desocupación y entrega inmediata del inmueble arrendado constituido por un Local Comercial S/N, que forma parte de un inmueble de su propiedad, ubicado en la Calle Amador Hernández entre Calles Jesús María Patiño y Cedeño de la ciudad de Porlamar, Jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. SEGUNDO: Se condena a la parte demand.....