En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La extinción del proceso del recurso de amparo constitucional incoada por el ciudadano FRANK ALEJO LANZ LANZA en su carácter de Director de la sociedad mercantil VITAE NUEVA ESPARTA, C.A, en contra del Juzgado del Municipio Maneiro de este Estado.
SEGUNDO: Se le impone como multa a la sociedad mercantil VITAE NUEVA ESPARTA, C.A, la cantidad de TRES BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 3,00).
TERCERO: se ordena la suspensión de la medida innominada decretada en fecha 23-07-2012 y por consiguiente ofíciese lo conducente al Juzgado del Municipio Maneiro de este Estado.
CUARTO: No hay condenatoria en costas